DERECHO SUCESORIO

En Kaplan y Asoc., nos comprometemos a brindarle un servicio legal integral, personalizado y de alta calidad para que pueda afrontar este proceso con tranquilidad y confianza.

¿Qué es una sucesión testamentaria?

Una sucesión testamentaria es aquella en la que el causante ha dejado un testamento válido en el que dispone de sus bienes y nombra a sus herederos. En este caso, la voluntad del testador es la que determina quiénes serán los herederos y cómo se repartirán los bienes.

¿Qué es una sucesión intestada?

Una sucesión intestada es aquella en la que el causante no ha dejado testamento válido o en la que el testamento no dispone de todos sus bienes. En este caso, la ley determina quiénes serán los herederos y cómo se repartirán los bienes.

Nuestra amplia experiencia en el ámbito del derecho sucesorio nos permite:

  • Gestionar todo el trámite de sucesión, tanto testamentaria como intestada: Nos encargamos de todas las etapas del proceso, desde la obtención del certificado de defunción hasta la inscripción de la propiedad a nombre de los herederos.
  • Asesorarle sobre sus derechos y obligaciones como heredero : Le brindaremos información clara y precisa sobre sus derechos como heredero, así como sobre las obligaciones fiscales y legales que deberá cumplir.
  • Representarle en los tribunales: Si es necesario, lo representaremos en los tribunales para defender sus intereses y garantizar que se respeten sus derechos.
  • Resolver conflictos entre herederos: En caso de que haya desacuerdos entre los herederos, buscaremos soluciones justas y equitativas para todas las partes involucradas.
  • Ofrecerle un trato personalizado: Nos tomaremos el tiempo necesario para comprender su situación particular y brindarle un servicio adaptado a sus necesidades.

Opciones de pago:

  • Acuerdos personalizados: Podemos acordar los honorarios en diferentes momentos o etapas del proceso, según sus necesidades y preferencias.
  • Pagos en cuotas: Si lo desea, puede abonar los honorarios en cómodas cuotas durante la tramitación del juicio.
  • Pago al inscribir la declaratoria de herederos: Es común acordar el pago de honorarios al inscribir la declaratoria de herederos de cada bien.
  • Pago al vender un bien: Si se prevé la venta inmediata de un bien del causante, podemos acordar el pago de honorarios al momento de la venta.

Adaptamos el pago a sus necesidades: